Identificación del titular real de la sociedad (RM 11/23 Noviembre 2023)
DGSJFP Resolución de 30-10-23, BOE 22-11-23
Se reitera el criterio sustentado en la DGSJFP Resol 18-5-23, en relación con si, a efectos del depósito de las cuentas anuales de una sociedad correspondientes al ejercicio de 2022, se ha de considerar correctamente cumplimentada la hoja relativa a la declaración de identificación del titular real, en la que, sin indicar el porcentaje de participación directa o indirecta, la sociedad se limita a hacer constar que presentado en ejercicios anteriores la oportuna declaración por medio de los modelos entonces vigentes, considerando que, al no haberse producido variación alguna respecto al titular real sobre lo informado en el año anterior, no es necesario cumplimentar nuevamente el impreso.
La DGSJFP – que confirma la calificación del registrador mercantil rechazando el depósito de las cuentas -, señala que tras la publicación de la DGSJFP Resol 18-5-23, el nuevo modelo de hoja de titularidad real introduce ciertas modificaciones con respecto al modelo anterior exigiendo la constancia de datos que no existían en el modelo anterior. En concreto, frente al modelo anterior, que solamente exigían la identificación del titular real que superase el límite legal con indicación del porcentaje de participación directa o indirecta, el nuevo modelo establece la obligatoriedad de discernir el tipo de control que ostenta la persona física que tiene la condición de titular real (control por participación en el capital o control por medio de los derechos de voto), con determinación del porcentaje de capital en uno u otro caso.